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La legalidad del CBD en España: palabra de abogados.
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La legalidad del CBD en España: palabra de abogados.

Muchas personas se preguntan cual es la situación que regula actualmente el mercado del CBD. Y es que aunque se trata de un producto legal, todavía es mucha gente la que se sigue preguntado qué es el CBD y qué puede suceder si se consume regularmente.

El CBD, también llamado cannabidiol, es un compuesto de los muchos que forman el cannabis, que tiene multitud de aplicaciones terapéuticas. Quizás su principal valor está en carecer de efectos psicoactivos, además de contar con propiedades antiinflamatorias, antidepresivas o neuroprotectoras, entre muchas otras. Ahora bien, en un mercado con una regulación tan novedosa, ¿son legales todos los productos de CBD?

Al no haber sido considerado adictivo ni nocivo para la salud según el Comité Experto en Drogodependencia de la Organización Mundial de la Salud en diciembre de 2017, diferentes expertos han emitido varias conclusiones favorables al uso del CBD. No solo no genera una dependencia en quienes lo consumen, sino que también confirman que su uso no produce efectos psicoactivos (no altera el funcionamiento mental de los humanos), ni tampoco cardiovasculares. Por lo que se sabe hasta ahora, se trata de un compuesto con más beneficios que efectos secundarios negativos.

¿Y la situación del CBD en España?

En España no hay ninguna ley concreta que regule la producción o el consumo del CBD, por lo que la sustancia está sujeta a la interpretación de convenios internacionales y jurisprudencia, nacional e internacional. La regulación del CBD en España toma como referente la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, donde el cannabidiol no está fiscalizado específicamente, a diferencia del THC, pero sí lo están los extractos y tinturas o resinas del cannabis, por lo que se podría entender que al ser el CBD un extracto de la planta, estaría fiscalizado.

Cabe destacar igualmente que el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia que sentó una jurisprudencia de forma favorable a la comercialización de productos de CBD. Contrario a la opinión de Naciones Unidas de que toda sustancia proveniente de la tintura o resina extraída del cogollo del cannabis debería ser fiscalizada, en esta sentencia contra una compañía francesa, que había sido previamente condenada por un tribunal francés, el TS de la U.E. sentenció que “un Estado miembro no podrá prohibir la comercialización del cannabidiol (CBD) legalmente producido en otro Estado miembro si se extrae de la planta de Cannabis sativa en su totalidad y no solo de sus fibras y semillas”.

En España y en la mayoría de los países se puede utilizar el cáñamo industrial de manera legal como un producto cosmético (con su regulación correspondiente de la Agencia del Medicamento) «solo para uso externo». Esa es la definición predeterminada de uso en los estados miembros de la mayoría de Europa. «Para uso externo solamente” es uno de los requisitos de etiquetado necesarios para que un producto de CBD se registre legalmente y se venda en España. Es ilegal venderlo para consumo humano, tan solo puede comercializarse como un «producto técnico» o “producto de uso externo” si es fabricado en España.